El Instituto Nacional de Semillas (Inase) suspendió la inscripción de nuevos operadores en un registro
El Gobierno decidió suspender la inscripción en un registro de nuevos operadores que desarrollen su actividad con la especie Cannabis sativa L. (cannabis psicoactivo). La medida la tomó el Instituto Nacional de Semillas (Inase) y se conoció en el Boletín Oficial con la resolución 81 de ese organismo. Estará en vigencia por seis meses con opción para otro período igual.
Según se indicó, durante ese tiempo se “procederá a los debidos controles sobre los operadores inscriptos, procediendo a la baja directa de aquellos que no desarrollen su actividad de acuerdo a la normativa vigente”.
“Suspéndase la inscripción de nuevos operadores de cualquier categoría del Registro Nacional de Comercio y Fiscalización de Semillas (RNCyFS) que desarrollen su actividad con la especie Cannabis sativa L. (cannabis psicoactivo)”, dice la norma que lleva la firma de Claudio Dunan, presidente del Inase. El Inase es un organismo vinculado con la Secretaría de Agricultura.
En otro artículo se precisa: “Durante la vigencia de la suspensión establecida, este Instituto Nacional de Semillas, organismo descentralizado en la órbita de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía procederá a los debidos controles sobre los operadores inscriptos, procediendo a la baja directa de aquellos que no desarrollen su actividad de acuerdo a la normativa vigente”.
En los considerandos se recuerda que el cultivo de la especie Cannabis sativa L. ha sido autorizado con fines de investigación y medicinales en el marco de la Ley Nº 27.350. En el Inase se hace la inscripción de germoplasma.
“En los últimos meses, la cantidad de operadores inscriptos y la diferencia que se evidencia con la operatoria de comercialización y el registro de nuevas variedades pone en evidencia que resulta necesario incrementar los controles de las categorías que operan con esta especie”, dice la normativa conocida hoy.
Agrega: “Que sin perjuicio de ello y a fin de aplicar debidamente los recursos disponibles, se considera oportuno suspender las inscripciones de nuevos operadores de la especie Cannabis sativa L., en los casos de la variante “cannabis psicoactivo”, de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 405 de fecha 4 de agosto de 2023, en el Registro Nacional de Comercio y Fiscalización de Semillas (RNCyFS), en cualquiera de sus categorías”.
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